Estoy recibiendo muchas consultas similares sobre el procedimiento de divorcio, ¿Qué es lo que mas nos conviene, que será mas rápido ante Notario o en el Juzgado?. ¿Es valido lo que acordemos ante un mediador familiar?…
Vamos a intentar aclarar todas esas cuestiones para poder tomar una decisión mas acertada y decidir lo que mas nos conviene.
En primer lugar se habla del termino “ Divorcio express” ¿Que significa? Es un termino que se acuñó tras la reforma de la legislación por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria y con su entrada en vigor y supuso un cambio porque se podía acceder directamente al divorcio, sin separación previa, también en caso de muto acuerdo.
Fundamentalmente a este tipo de divorcio se puede optar por la vía judicial o por la vía notarial, que es mas desconocida pero vamos a intentar ver ambas e intentar de forma sencilla explicar su tramitación y sus ventajas :
Mediante procedimiento judicial:
Documento: Resolución judicial: sentencia
Necesidad de abogado y procurador
Ambos cónyuges pueden ser asistidos por abogado y procurador. Esto abarata el coste ya que divide los honorarios entre ambas partes.
Los honorarios del abogado son pactados con el cliente en atención a la dificultad.
(pensión compensatoria, alimenticia, liquidación de la sociedad de gananciales)
El procurador cobra por aranceles tasados.
Necesidad de presentar demanda.
Los matrimonios con hijos menores o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de sus progenitores únicamente podrán acudir a la vía judicial .
Mediante Notario:
Documento: escritura publica
Se debe comparecer ante el Notario y otorgar escritura pública.
Es requisito imprescindible:
1.- Que no haya hijos menores de edad o incapacitados judicialmente.
2.-Que la mujer no se encuentre embarazada en el momento del divorcio.
En el caso de que los hijos sean mayores de edad y haya medidas que les afecten por carecer de ingresos y convivir en el domicilio familiar deberán prestar su consentimiento ante el Notario respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar.
Será necesaria la asistencia de un Abogado, quien asesorará a la pareja y firmará también la escritura de divorcio.
Será competente cualquier Notario que preste servicio en el municipio del último domicilio común o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes.
Los honorarios del Notario serán también por arancel serán de unos 30 euros por la escritura publica y llegaran entre los 200 y 300 euros dependiendo del numero de folios que ocupe el convenio regulador. Esta cantidad también aumentará si se produce la liquidación del régimen económico matrimonial atendiendo al número de bienes, forma de liquidación y número de folios en la escritura.
La inscripción del divorcio en el Registro según articulo 61 de la Ley de Registro Civil se realizara por medios telemáticos, por lo que el Notario remitirá a la Oficina General del Registro Civil copia autorizada o por correo ordinario con acuse de recibo que incorpora como Diligencia de escritura.
También deberá practicarse la Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: El convenio regulador es un documento sujeto (o exento si la distribución de bienes es igualitaria) al ITP y AJD y deberá liquidarse en el plazo de 30 días hábiles desde el otorgamiento de la escritura de divorcio.
Con esta somera información ya podemos saber donde conviene divorciarme, fundamentalmente hay que tener en cuenta las circunstancias singulares de cada matrimonio y su familia para tomar una decisión.
Puntos a favor divorcio Notarial:
Es mas rápido y mas cómodo
Evita la demora del procedimiento judicial.
No es necesario presentar demanda.
La ventaja fundamental que le veo respecto al procedimiento judicial es que no es necesario esperar a la firmeza de la sentencia judicial que se puede dilatar durante varios meses. El acta notarial de divorcio surte efectos desde el momento de la firma es inmediata su validez.
Además puedes elegir la fecha y hora de firma que inclusive puede ser por la tarde ya que las Notarias tiene horario de tarde también.
Punto a favor divorcio Judicial:
Evidentemente no hay asistencia jurídica gratuita para el divorcio notarial con lo que en caso de no contar con ingresos económicos habrá que acudir al juzgado necesariamente como única vía para la obtención del divorcio.
También en el caso de que intervenga un mediador para la redacción del convenio con los acuerdos adoptados por los cónyuges, en el caso de que sea abogado colegiado, también podrá acudir a la Notaria y suscribir dicho acuerdo y convenio.
Como conclusión, en este momento y a la vista del colapso judicial que se va a producir en los juzgados cuando nuevamente se pongan en marcha, tras este parón forzoso, el divorcio notarial es una opción muy interesante a considerar. Los costes del divorcio notarial suelen serán menores a los que se devengan en un procedimiento ante el Juzgado (donde también hay que contar con Procurador), lo que unido a una tramitación más ágil y sencilla, supone una opción idónea para los divorcios de mutuo acuerdo si se cumplen los requisitos legales anteriormente mencionados.