¿Quien se encarga de recoger a los niños después de clase? ¿ A quien debe llamar el colegio en caso de emergencia?
Una de las cuestiones más importantes que los padres separados deben tener en cuenta al inicio del curso es la de informar al colegio sobre la nueva situación familiar. Comunicar al centro escolar el divorcio y el régimen de custodia establecido, así como los calendarios de recogidas ayudará enormemente a los responsables del centro a saber cómo manejar futuras situaciones como con quién contactar en caso de falta de asistencia o enfermedad, a quién deben enviar las comunicaciones, etc…
Aconsejo que las comunicaciones al colegio siempre se hagan por escrito y prepara 2 copias, una para el centro escolar y otra para ti y pide que te sellen tu copia así tendrás una prueba de que has entregado toda la información al colegio.
Evita hacer peticiones excesivas y adáptate a los protocolos de actuación del colegio. Es importante que entregues en el colegio, junto con el escrito, una copia de la sentencia o resolución judicial en la que se establecen las medidas respecto del niño, para que puedan conocer su contenido. Además de poner en conocimiento del centro escolar la nueva situación familiar, es recomendable solicitar una entrevista con el tutor/a de tus hijos
En la Comunidad Valenciana existe un protocolo genérico para actuación por parte de los colegios.
Instruccions de la Direccion Territorial d’educació, cultura i sport de Valéncia sobre l’actuació de centres docents publics davant de menors dels pares del quals no conviuen de 26 de febrero de 2014
¿Quién paga estos gastos de inicio de curso?
La mayor parte de la Jurisprudencia entiende que el uniforme, libros y material escolar, no son gastos extraordinarios, sino que se entienden incluidos en la pensión de alimentos, ya que la educación forma parte de este concepto, se trata de gastos previsibles y además la pensión de alimentos se calcula en cómputo anual y se divide entre los doce meses del año para fijar la pensión, precisamente porque no todos los meses los gastos van a ser los mismos.
Ahora bien, cada vez es más frecuente que los padres prevean en el convenio regulador que los gastos de inicio de curso deban ser asumidos por ambos, debiendo pagar cada uno la mitad del coste total. Si éste es tu caso te damos un consejo: pide un presupuesto a la librería donde vayas a encargar los libros. ¿Por qué? Muy sencillo, con el presupuesto en mano, podrás presentar a tu ex la cantidad total que supondrá la compra de libros y material y ambos sabréis con antelación el gasto que debe asumir cada uno. Esto ayudará a evitar desacuerdos futuros sobre si ésta o aquella librería es más cara o más barata, si el niño necesita tantas o cuántas libretas o si «ya le valía el del año pasado». Además, te evitarás tener que asumir tú todo el coste en un primer momento y esperar a que tu ex pague su parte.
¿ A que actividades extraescolares los apuntamos?
Si no hay acuerdo entre vosotros sobre las actividades a las que apuntar a vuestros hijos, no existe ningún inconveniente en que seas tú quien les matricule en la actividad pero siempre teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
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No en el tiempo del otro. La extraescolar no puede impedir el régimen de visitas con el otro progenitor ni invadir su tiempo con los niños. Si la actividad se solapa con los horarios de visitas, el padre o madre con quien deba estar el niño ese día no tiene obligación de llevarle o recogerle. Para evitar problemas con tu ex y que el perjudicado sea vuestro hijo (que se queda sin asistir a sus actividades), mejor evita elegir extraescolares en los horarios del otro progenitor.
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Quien decide paga. A falta de acuerdo, el progenitor que haya tomado la decisión de apuntar a los menores en la actividad extraescolar es quien debe asumir el coste de la misma. Las actividades extraescolares se consideran gastos no incluidos en la pensión de alimentos y, por tanto, para que el coste se reparta entre ambos progenitores debe existir acuerdo.
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